Micelio

Artículo 48

Son Funciones De La Subdirección De Investigaciones Aduaneras: A) Programar, Dirigir Y Controlar Las Labores De Prevención, Represión Y Aprehensión Del Contrabando En Todo El País, Comunicando Al Director General De Aduanas Los Resultados De Sus Actividades; B) Determinar En Coordinación Con La Dirección General De Aduanas, Las Operaciones Aéreas, Marítimas Y Terrestres En El País, Para La Prevención Y Represión Del Contrabando Y Las Infracciones Aduaneras; C) Orientar Y Coordinar Los Programas Generales De Actividades De Las Divisiones De Investigación Y Vigilancia Aduanera De Las Jefaturas Regionales De Aduana; D) Llevar El Control Del Equipo Y Armamento De Los Funcionarios De Esta Subdirección Y Remitir La Documentación Correspondiente Al Ministerio De Defensa; E) Coordinar Los Comités De Lucha Contra Las Infracciones Aduaneras; F) Ejercer Las Funciones De Cuerpo Técnico De Policía Judicial, O De Los Organismos Que Hagan Sus Veces, En Los Términos Previstos Por La Ley; G) Elaborar El Plan De Actividades De La Subdirección Para Aprobación Del Subdirector General De Aduanas

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 48. Son funciones de la Subdirección de Investigaciones Aduaneras

a)

Programar, dirigir y controlar las labores de prevención, represión y aprehensión del contrabando en todo el país, comunicando al Director General de Aduanas los resultados de sus actividades;

b)

Determinar en coordinación con la Dirección General de Aduanas, las operaciones aéreas, marítimas y terrestres en el país, para la prevención y represión del contrabando y las infracciones aduaneras;

c)

Orientar y coordinar los programas generales de actividades de las Divisiones de Investigación y Vigilancia Aduanera de las Jefaturas Regionales de Aduana;

d)

Llevar el control del equipo y armamento de los funcionarios de esta Subdirección y remitir la documentación correspondiente al Ministerio de Defensa;

e)

Coordinar los Comités de Lucha contra las Infracciones Aduaneras;

f)

Ejercer las funciones de Cuerpo Técnico de Policía Judicial, o de los organismos que hagan sus veces, en los términos previstos por la ley;

g)

Elaborar el Plan de Actividades de la Subdirección para aprobación del Subdirector General de Aduanas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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