Micelio

Artículo 10

Suspensión Y Terminación Del Pago

Decreto 190 de 2003 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 790 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspensión y terminación del pago. Al destinatario del reconocimiento económico para la rehabilitación profesional y técnica que no acredite dentro de los diez (10) primeros días de cada mes la circunstancia con base en la cual se le ha hecho el reconocimiento, se le suspenderá el pago del mismo. El pago del reconocimiento económico terminará por vencimiento del plazo de los doce (12) meses a que hace referencia el artículo 6 del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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