Para Efectos Del Presente Decreto, Considéranse Como De Técnica Corriente Las Siguientes Prácticas Médico-Quirúrgicas: A) Ablación De Corazón, Vasos Y Estructuras Valvulares; B) Ablación De Pulmón; C) Ablación De Hígado; D) Ablación De Páncreas; E) Ablación De Intestino; F) Ablación De Riñón Y Uréter; G) Ablación De Elementos Del Sistema Osteoarticular; H) Ablación De Piel; I) Ablación De Córnea Y Demás Tejidos Constitutivos Del Ojo; J) Ablación De Tejidos Constitutivos Del Oído Medio Y Externo; K) Ablación De Duramadre; L) Ablación De Órganos Dentarios Erupcionados O No Erupcionados; M) Ablación De Elementos Del Sistema Nervioso Periférico; N) Obtención De Tejido Hematopoyético, Distinto De La Sangre
Decreto 1172 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la obtención, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de órganos o componentes anatómicos y los procedimientos para trasplantes de los mismos en seres humanos, así como la Ley 73 de 1988
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para efectos del presente Decreto, considéranse como de técnica corriente las siguientes prácticas médico-quirúrgicas
a)
Ablación de corazón, vasos y estructuras valvulares;
b)
Ablación de pulmón;
c)
Ablación de hígado;
d)
Ablación de páncreas;
e)
Ablación de intestino;
f)
Ablación de riñón y uréter;
g)
Ablación de elementos del sistema osteoarticular;
h)
Ablación de piel;
i)
Ablación de córnea y demás tejidos constitutivos del ojo;
j)
Ablación de tejidos constitutivos del oído medio y externo;
k)
Ablación de duramadre;
l)
Ablación de órganos dentarios erupcionados o no erupcionados;
m)
Ablación de elementos del sistema nervioso periférico; n) obtención de tejido hematopoyético, distinto de la sangre.
Parágrafo
El Ministerio de Salud podrá autorizar prácticas médico-quirúrgicas de ablación e implantación, distintas de las señaladas en el presente artículo, cuando la viabilidad de las mismas en los seres humanos haya sido acreditada fehacientemente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.