Funciones generales. Son facultades de cada Cámara:
Elegir su Mesa Directiva.
Elegir al Secretario General y demás empleados que disponga la ley.
Solicitar al Gobierno los informes que necesite, exceptuando los relativos a instrucciones en materia diplomática o sobre negociaciones de carácter reservado.
Determinar la celebración de sesiones reservadas en los términos del presente reglamento.
Proveer los empleos creados por la ley para el cumplimiento de sus funciones.
Recabar del Gobierno la cooperación de los organismos de la Administración Pública para el mejor desempeño de sus atribuciones.
Organizar su policía interior.
Citar y requerir a los Ministros para que concurran a las sesiones, bajo las condiciones constitucionales y legales. Si los Ministros no concurren, sin excusa aceptada por la respectiva Cámara, ésta podrá proponer moción de censura.