Micelio

Artículo 1515

Del Presupuesto De Gastos De Funcionamiento Del Ministerio De Agricultura, De La Vigencia En Curso, En La Siguiente Forma: Ordinal 35

Decreto 2310 de 1968 · por el cual se distribuye parcialmente la partida presupuestal “Auxilio a ferias exposiciones agropecuarias” que figura en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Agricultura.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Distribúyese parcialmente la partida presupuestal "Auxilio a ferias y exposiciones agropecuarias" que figura en el Capítulo 0120, artículo 1515 del presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Agricultura, de la vigencia en curso, en la siguiente forma: Ordinal 35. Para la construcción de la Plaza Ferias y Exposiciones Agropecuarias de Barranquilla 45.000 Ordinal 36. Para la construcción de la Plaza Ferias y Exposiciones Agropecuarias de Cartagena 45.000 Ordinal 37. Feria Exposición Agropecuaria de Buga 15.000 Ordinal 38. Feria Exposición Agropecuaria de Yarumal (Antioquia) 10.000 Ordinal 39. Feria Exposición Agropecuaria de Puente Nacional (Santander) 5.000 Ordinal 40. Feria Exposición Agropecuaria de Oíba (Santander) 5.000 Ordinal 41. Feria Exposición Agropecuaría de Velez (Santander) 5.000 Ordinal 42. Feria Exposición Lanar Nacional de Concepción (Santander) 5.000 Ordinal 43. Feria Exposición Artesanal Lanar de Cerrito (Santander) 5.000 Ordinal 44. Feria Exposición Ovina de Tinagá (Santander) 5.000 Ordinal 45. Feria Exposición Agropecuaria de Melgar (Tolima) 5.000 Ordinal 46. Feria Exposición Agropecuaria de Moniquirá (Boyacá) 5.000 Ordinal 47. Feria Exposición Agropecuaria de Pensilvania (Caldas) 5.000 Total 155.000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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