Tanto el pliego de posiciones extrajuicio como la diligencia de absolución, quedarán en el respectivo Juzgado, y se dará copia autenticada a cualquiera de las partes que lo soliciten.
Ley 53 de 1917 →Vigente
Artículo 4
Ley 53 de 1917 · Que reforma el Código Judicial, el Fiscal y la Ley 130 de 1918
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.