Micelio

Artículo 1

De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 1 De La Ley 204 De 1938, El Fondo Nacional De Irrigación Y Desecación Estará Destinado Exclusivamente A La Construcción De Obras De Desecación O De Riego En Las Zonas Del País, Susceptibles De Ser Regadas O Desecadas Económicamente

Decreto 1053 de 1939 · Por la cual se reglamenta la Ley 204 de 1938, que creó el fondo nacional de irrigación y desecación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 204 de 1938, el Fondo Nacional de Irrigación y Desecación estará destinado exclusivamente a la construcción de obras de desecación o de riego en las zonas del país, susceptibles de ser regadas o desecadas económicamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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