Micelio

Artículo 17

El Último Inciso Del Artículo 322 Del Decreto 2666 De 1984, Modificado Por El Artículo 59 Del Decreto 755 De 1990, Quedará Así: “el Término Para Resolver El Recurso En Este Caso, Se Contará A Partir Del Día Siguiente Al De La Notificación De La Providencia Que Ordena Dar Trámite Al Recurso”

Decreto 1622 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 17. El último inciso del artículo 322 del Decreto 2666 de 1984, modificado por el artículo 59 del Decreto 755 de 1990, quedará así: “El término para resolver el recurso en este caso, se contará a partir del día siguiente al de la notificación de la providencia que ordena dar trámite al recurso”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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