º. Por el Ministerio de Hacienda se proveerán las estampillas a que se refiere el artículo 21 de la Ley 117 del presente año, sobre Tarifa de Aduanas. Dichas estampillas serán editadas en la Litografía Nacional, y llevarán impresa en caracteres legibles la leyenda que determine el Ministerio, la cual puede variar total o parcialmente, cuando los intereses del Fisco lo requieran.
Decreto 1062 de 1913 →Vigente
Artículo 1
Por El Ministerio De Hacienda Se Proveerán Las Estampillas A Que Se Refiere El Artículo 21 De La Ley 117 Del Presente Año, Sobre Tarifa De Aduanas
Decreto 1062 de 1913 · Que reglamenta el artículo 21 de la Ley 117 de 1913, sobre Tarifa de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.