La empresa comunitaria que opte por constituirse o transformarse en sociedad comercial en los términos del presente Decreto, estará exenta de los impuestos de renta y patrimonio durante los cinco años gravables siguientes a la fecha de su transformación, en los términos del artículo 122 de la Ley 135 de 1961.
Decreto 561 de 1989 →Vigente
Artículo 65
Decreto 561 de 1989 · Por el cual se expide el régimen jurídico de las Empresas Comunitarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.