Micelio

Artículo 19

Decreto 427 de 1996 · por el cual se reglamentan el Capítulo II del Título y el Capítulo XV del Título II del Decreto 2150 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vigencia . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe. El Ministro de Justicia y del Derecho, Carlos Eduardo Medellín Becerra. El Ministro de Desarrollo Económico, Rodrigo Marín Bernal. La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, Esperanza Anzola Mora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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