Articulo primero . Autorizase al Fondo de Promoción de Exportaciones. PROEXPO, para que, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y en las condiciones que establezca su Junta Directiva, participe Como accionista, hasta por la suma de diez millones de pesos ($ 10.000.000) en el Fondo Nacional de Garantías.
Decreto 897 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Decreto 897 de 1983 · Por el cual se concede una autorización al Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO y se adiciona el Decreto 3788 de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.