Micelio

Artículo 188

Instigación A Delinquir

Decreto 100 de 1980 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Instigación a delinquir.El que pública y directamente incite a otro a la comisión de un determinado delito o género de delitos, por este solo hecho incurrirá en arresto de tres (3) meses a tres (3) años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Si la conducta se realiza para cometer delitos de genocidio, desaparición forzada de personas, secuestro extorsivo, tortura, traslado forzoso de población u homicidio, la pena será de diez (10) a quince (15) años de prisión y multa de quinientos (500) a mil (1.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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