Micelio

Artículo 1

Desde Esta Fecha Declárase En Estado De Sitio La Intendencia Del Chocó Y La Provincia De Sinú Del Departamento De Bolívar, Per Ser Ésta Limítrofe, De Aquella Intendencia Y Probable Refugio De Los Responsables Del Incendio Ocurrido En Quibdó

Decreto 522 de 1907 · Por el cual se declaran en estado de sitio la Intendencia del Chocó y la Provincia de Sinú del Departamento de Bolívar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde esta fecha declárase en estado de sitio la Intendencia del Chocó y la Provincia de Sinú del Departamento de Bolívar, per ser ésta limítrofe, de aquella Intendencia y probable refugio de los responsables del incendio ocurrido en Quibdó.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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