Micelio

Artículo 9

Ley 201 de 1959 · Por la cual se dictan medidas tendientes a impedir el aprovechamiento económico de la violencia durante el estado de sitio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan en los anteriores términos aclarados los artículos 1543 y 1750 del Código Civil, aclarado y modificado el artículo 976 del mismo Código, reformada la regla 2a. del artículo 152 del Judicial, adicionado el Título XXVIII, Capítulo I del Libro II del mismo Código, y modificado el artículo 1°. de la Ley 200 de 1936 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 201 de 1959