Micelio

Artículo 6

En Desarrollo De Su Objeto Social, La Empresa Podrá Realizar Lo Siguiente: A) Manejar Y Explotar Con Criterio Comercial Los Servicios De Comunicaciones Telefónicas Locales Dentro De Su Ámbito Territorial; B) Elaborar Planos Y Proyectos De Desarrollo Del Sector De Comunicaciones Y Ejecutarlos En Su Respectivo Campo De Acción; C) Liquidar, Cobrar Y Recaudar El Importe De Los Servicias Que Preste; D) Capacitar Y Adiestrar El Personal Técnico Y Administrativo Que Requiera Los Servicios A Su Cargo; E) Convenir Con La Empresa Nacional De Telecomunicaciones La Prestación Del Servicio De Larga Distancia Nacional E Internacional Mediante Contratos; Í) Participar Como Socia En Otras Empresas O Compañías Relacionadas Con Su Objeto; G) Las Demás Funciones Que Le Señalen O Encomienden Dentro De Los Fines Propios De La Empresa

Decreto 541 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 1 de la Junta Directiva de la Empresa de Telecomunicaciones de Cartagena Telecartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En desarrollo de su objeto social, la Empresa podrá realizar lo siguiente

a)

Manejar y explotar con criterio comercial los servicios de comunicaciones telefónicas locales dentro de su ámbito territorial;

b)

Elaborar planos y proyectos de desarrollo del sector de comunicaciones y ejecutarlos en su respectivo campo de acción;

c)

Liquidar, cobrar y recaudar el importe de los servicias que preste;

d)

Capacitar y adiestrar el personal técnico y administrativo que requiera los servicios a su cargo;

e)

Convenir con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones la prestación del servicio de larga distancia nacional e internacional mediante contratos; í) Participar como socia en otras empresas o compañías relacionadas con su objeto; g) Las demás funciones que le señalen o encomienden dentro de los fines propios de la Empresa. CAPITULO III Capital y derecho a voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 541 de 1977