Micelio

Artículo 23

Decreto 2683 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 45 de 7 de julio de 1977, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena, que reforman los estatutos de la Entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Junta Directiva determinar la organización interna del Instituto para lo cual el Gerente General presentará para su aprobación los correspondientes proyectos teniendo en cuenta que la nomenclatura se ajustará a las siguientes normas:

1.

Las unidades de nivel directivo se denominarán subgerencias.

2.

Las unidades que cumplen funciones de asesoría o coordinación, Oficinas o Comités y cuando incluyan personas ajenas al Instituto se denominarán Consejos, con excepción del Sistema de Información Ambiental.

3.

Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán Divisiones o Secciones y Grupos, excepcionalmente en razón de la magnitud y naturaleza del trabajo podrán crearse direcciones Generales integradas a su vez con Divisiones y Seccionales y Grupos.

4.

Las unidades que se creen para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán Comisiones o Juntas.

5.

Las unidades o dependencias regionales, se denominarán gerencias Regionales, o Jefaturas de Area, o Jefaturas de Distrito, o Jefaturas Seccionales, o Jefaturas de Proyecto y por reglamentación interna se delimitará su jurisdicción territorial y se establecerá su subordinación dentro del Instituto. Estas unidades podrán no coincidir con la división de los Departamentos y demás entidades territoriales y se buscará la coordinación e integración de sus actividades cuando se trate de servicios similares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2683 de 1977