Micelio

Artículo 4

Decreto 40 de 1971 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las denominaciones de los Bonos de Bienestar Familiar, Emisión de 1970

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La amortización de los "Bonos de Bienestar Familiar", emisión de 1970, se hará gradualmente en diez (10) años a partir del primer año siguiente a la Fecha de emisión, mediante sorteos anuales sucesivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 40 de 1971