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Artículo 1

Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972: Presupuesto De Lnversión

Decreto 1471 de 1972 · Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Agricultura), por $ 20.100.000.00

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972: Presupuesto de lnversión. Ministerio de Agricultura. Contracrédito. Capítulo 600. Ministerio de Agricultura. Programa 602. Fomento e investigación agropecuaria. Recursos del crédito externo. (Fondos de Desarrollo Sectorial). 580-215. Artículo 6020: Desarrollo Social Campesino $ 20.100.000 Proyecto 2. Operación extensión agrícola $ 20.100.000 Suma el contracrédito $ 20.100.000 Crédito. Ministerio de Agricultura. Capítulo 600. Ministerio de Agricultura. Programa 602. Fomento e investigación agropecuaria. Recursos del crédito externo. (Fondos de Desarrollo Sectorial). 580-215. Artículo 6020. Desarrollo Social Campesino $ 20.100.000 Proyecto 4. Crédito, supervisado en áreas piloto $ 20.100.000 Suman el crédito $ 20.100.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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