Micelio

Artículo 10

Aplicación De Las Tarifas Para Conciliación

Decreto 4089 de 2007 · por el cual se adopta el marco que fija las tarifas para los centros de conciliación y/o arbitraje, conciliadores y árbitros, y se dictan otras disposiciones para regular el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplicación de las tarifas para conciliación . Las tarifas reglamentadas en el presente decreto para la conciliación deberán ser cobradas al presentar la solicitud de conciliación, y salvo que los reglamentos internos de los centros de conciliación establezcan lo contrario, no son reembolsables para el solicitante. Las tarifas de conciliación no dependen del resultado de la misma. CAPITULO II Arbitraje

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4089 de 2007