Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica un crédito adicional hasta por la suma de diez y seis mil pesos ($ 16,000), imputables así : Capítulo 4° Material del Ejército. Para pagar el valor de los edificios de propiedad particular, situados en la parte oriental de la Plaza de armas, hasta: $16.000 Comuníquese y publíquese.
Decreto 284 de 1886 →Vigente
Artículo 1
Decreto 284 de 1886 · Por el cual se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos de la actual vigencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.