Por consiguiente, en dichos centros de enseñanza los respectivos ordinarios diocesanos, ya por sí, ya por medio de delegados especiales, ejercerán el derecho, en lo que se refiere á la religión y la moral, de inspección y de revisión de textos. El Arzobispo de Bogotá designará los libros que han de servir de textos para la religión y la moral en las universidades; y con el fin de asegurar la uniformidad de la enseñanza en las materias indicadas, este Prelado, de acuerdo con los otros ordinarios diocesanos, eligirá los textos para los demás planteles de enseñanza oficial. El Gobierno impedirá que en el desempeño de asignaturas literarias, cientificas y, en general, en todos los ramos de instrucción, se propaguen ideas contrarias al dogma católico y al respecto y veneración debidos á la Iglesia.
Decreto 816 de 1888 →Vigente
Artículo 13
Por Consiguiente, En Dichos Centros De Enseñanza Los Respectivos Ordinarios Diocesanos, Ya Por Sí, Ya Por Medio De Delegados Especiales, Ejercerán El Derecho, En Lo Que Se Refiere Á La Religión Y La Moral, De Inspección Y De Revisión De Textos
Decreto 816 de 1888 · Por el cual se promulga como ley el Convenio con Santa Sede
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.