-De Los Autos De Sustanciación De La Sub-División De Drogas, Alimentos Y Cosméticos Puede Pedirse Reposición Ante El Funcionario Que Los Dicto
Decreto 2228 de 1962 · Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento, y se dictan otras disposiciones (segunda publicación, por haberse agotado la edición del diario oficial 30877 del 18 de agosto de 1962, donde apareció originalmente)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. -De los autos de sustanciación de la Sub-División de Drogas, Alimentos y Cosméticos puede pedirse reposición ante el funcionario que los dicto. De los autos interlocutorios puede pedirse reposición ante el mismo funcionario y, en subsidio, apelación ante el Jefe de la Rama Técnica del Ministerio de Salud o directamente apelación ante éste.
Parágrafo
-Los Artículos de que trata este Artículo y el anterior se sustanciarán en la forma prevista en el Código Administrativo; los vacíos se llenarán con las normas del Código Judicial, pero la apelación solamente puede concederse en el efecto devolutivo, conforme al Artículo 4° de la Ley 45 de 1.946. VIII. DERECHOS DE ANALISIS O DE ESTUDIO PARA EL LICENCIAMIENTO.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.