El certificado de abono tributario (CAT) autorizado en los artículos 165 y siguientes del Decreto 444 de 1967 y 39 y siguientes del Decreto 1366 de 1967, estará exento de toda clase de impuestos. Los certificados de abono tributario que reciban del Banco de la República los exportadores y los productores de oro constituyen renta exenta.
Decreto 154 de 1968 →Vigente
Artículo 83
El Certificado De Abono Tributario (Cat) Autorizado En Los Artículos 165 Y Siguientes Del Decreto 444 De 1967 Y 39 Y Siguientes Del Decreto 1366 De 1967, Estará Exento De Toda Clase De Impuestos
Decreto 154 de 1968 · por medio del cual se reglamenta el Decreto-ley número 1366 de 1967, la Ley 63 de 1967 y otras disposiciones relativas al impuesto de renta y complementarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.