Micelio

Artículo 71

Contenido De La Solicitud Para Acreditarse Como Usuario Operador

Decreto 2147 de 2016 · por el cual se modifica el régimen de zonas francas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido de la solicitud para acreditarse como usuario operador. Quien pretenda obtener la autorización como usuario operador de zona franca deberá allegar los siguientes documentos para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigibles al momento de la solicitud de que trata el artículo 70 del presente decreto

1.

Certificado de existencia y representación legal, en el cual debe constar que su objeto social le permite desarrollar las funciones de que trata el artículo 73 del presente decreto, con vigencia no superior a un (1) mes de expedición.

2.

Allegar las hojas de vida de la totalidad del personal directivo y de los representantes legales.

3.

Documento suscrito por el representante legal en el cual se compromete a ejecutar el Plan Maestro de Desarrollo General de la zona franca permanente.

4.

Informar los nombres e identificación de los representantes legales, miembros de junta directiva, socios, accionistas y controlantes directos e indirectos; en caso que los socios sean personas jurídicas presentar su respectiva composición. En las sociedades anónimas abiertas solamente deberá informarse los accionistas que tengan un porcentaje de participación superior al diez por ciento (10%) del capital suscrito.

5.

El usuario operador, los miembros de la junta directiva, los representantes legales, socios y accionistas deberán estar inscritos en el Registro Único Tributario, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Tributario. En las sociedades anónimas abiertas este requisito se exige para los accionistas que tengan un porcentaje de participación superior al diez por ciento (10%) del capital suscrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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