Son funciones de la Sección de Auditoría Interna del Impuesto sobre las Ventas
Investigar por métodos directos e indirectos la capacidad contributiva de los sujetos pasivos del impuesto sobre las ventas, tanto actuales como potenciales inscritos o no en el registro oficial de vendedores, de acuerdo con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones impartidos por la División de Auditoría;
Requerir y citar a los responsables del impuesto sobre las ventas o a quienes están obligados a inscribirse y declarar, cuando de conformidad con las normas legales vigentes sea necesario para adelantar o perfeccionar la investigación tributaria;
Atender al registro de responsables del impuesto sobre las Ventas y estudiar las solicitudes de cancelación del registro y de devoluciones en materia de dicho impuesto para rendir informe al Jefe de la División de Auditoría con el fin de que se dicte la providencia correspondiente;
Verificar y evaluar los requisitos de forma y fondo y la exactitud de las solicitudes de devolución del impuesto a las ventas, antes de su autorización, para lo cual podrá practicar visitas especiales a los solicitantes, mediante auto comisorio del Jefe de la Sección;
De acuerdo con las instrucciones que imparta la Subdirección de Determinación de Impuestos, seleccionar casos de auditaje tributario dentro de las prioridades establecidas o con base en las fuentes de información interna y externa;
Practicar liquidaciones de revisión o de aforo del impuesto sobre las ventas y aplicar las sanciones pertinentes;
Corregir, manualmente o con el auxilio del computador los errores aritméticos de las liquidaciones privadas y las bases de las declaraciones de ventas, según las normas legales;
Suministrar a la Unidad de Procesamiento Automático de Datos, a través de la unidad de Documentación toda la información que deba ser procesada de acuerdo a las instrucciones que sobre la materia imparta la Subdirección de Determinación de Impuestos;
Llevar actualizado el registro oficial de responsables del impuesto sobre las Ventas e informar periódicamente a la Subdirección de Determinación de Impuestos de los cambios que en él se produzcan;
Coordinar con la Sección de Auditoría Externa de la Administración o zona, los procesos de auditaje con el fin de darle prelación al externo y, proveer a dicha Sección de los datos e informaciones que sean requeridos por ésta;
Corregir los errores de las liquidaciones de revisión o de aforo del impuesto sobre las Ventas, de acuerdo con la ley;
En los casos que así lo requieran y de acuerdo con las normas legales vigentes, entrevistar a los responsables o a terceros y efectuar careos entre ellos con el fin de aclarar datos consignados en las declaraciones de ventas;
Analizar los datos suministrados por el Grupo de Selección de Casos y por la Sección de Auditoría Externa de la Administración o zona, referentes a responsables potenciales que no hayan declarado o hayan dejado de declarar por algún período, producir los requerimientos a que haya lugar y practicar las liquidaciones de aforo;
Responder las consultas que formulen los responsables y contribuyentes relacionadas con la forma como se produjo su liquidación de revisión o aforo;
Radicar y enviar a través de la unidad de correspondencia de la División de Documentación los requerimientos producidos por la Sección, y
Radicar y enviar a la División de Documentación las liquidaciones de revisión y aforo producidas por la Sección, para su notificación.