° A artir del 1° de enero de 1988, la remuneración mensual de los empleos de Director Regional a que se refiere el artículo 3° del Decreto 1215 de 1987, será la siguiente: Denominación Clase Grado Remuneración Mensual $ Director Regional I 11 131.400 II 12 134.800
Decreto 128 de 1988 →Vigente
Artículo 5
A Artir Del 1° De Enero De 1988, La Remuneración Mensual De Los Empleos De Director Regional A Que Se Refiere El Artículo 3° Del Decreto 1215 De 1987, Será La Siguiente: Denominación Clase Grado Remuneración Mensual $ Director Regional I 11 131
Decreto 128 de 1988 · por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.