El Departamento Nacional de Higiene queda autorizado para celebrar convenios, arreglos o contratos con los Departamentos de Nariño, Cauca, Valle y la Intendencia del Chocó, sobre la base de la contribución de dichas secciones, y con el objeto de unificar la dirección de la campaña antipiánica y de uniformar los sistemas técnicos y administrativos para asegurar la eficacia de ella.
Es entendido que la colaboración entre la Nación y las secciones respectivas se hará tomando como base una contribución nacional que cubra la mitad del costo de la campaña total del litoral Pacífico.
Los Departamentos citados y la Intendencia del Chocó deberán aceptar las normas técnicas del Departamento de Higiene en lo que se relaciona con la lucha antipiánica y con la extensión de trabajos de las comisiones sanitarias creadas para tal fin hacia las luchas Antipalúdicas, antianémicas, etc.