Micelio

Artículo 10

Son Atribuciones Del Gran Canciller: 1ª Presidir Las Sesiones Cuando No Pueda Hacerlo El Gran Maestre

Decreto 2396 de 1954 · Por el cual se codifican y reforman los estatutos de la Orden de Boyacá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son atribuciones del Gran Canciller: 1ª Presidir las sesiones cuando no pueda hacerlo el Gran Maestre. 2ª Someter al Consejo las solicitudes llegadas al Ministerio de Relaciones Exteriores para conceder la Condecoración o para obtener promociones dentro de la Orden. 3ª Nombrar comisiones que estudien asuntos relacionados con la Orden y distribuír los trabajos correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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