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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia, Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Educación Nacional

Decreto 1931 de 1970 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al presupuesto de gastos para las vigencia fiscal de 1970. (ministerio de educación nacional), por $ 12,000,00

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia, fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Educación Nacional. CAPITULO 280 Ministerio de Educación Nacional. Programa. 311. Dirección, coordinación e inspección de la educación. Subprograma 5. Planeamiento educativo. Gastos generales. 106, 111, 205. Artículo 2852. Viáticos y gastos de viaje $ 30.000.00 Programa 313. Administración del personal. Gastos generales 106, 111. 207. Artículo 2878. Servicio de comunicaciones $ 90.000.00 Suman los contracréditos $120.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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