Información básica . Sin perjuicio de la información que sea requerida de forma adicional por la Dirección de Justicia Formal del Ministerio de Justicia y del Derecho o quien haga sus veces, los Consultorios Jurídicos deberán reportar de forma permanente al sistema de información los siguientes datos
Procesos adelantados en ejercicio de la representación de terceros y de los demás servicios ofrecidos, determinando la jurisdicción, número y clase del proceso y el estado en que se encuentra.
La modalidad de prestación de los servicios.
Los convenios celebrados con otras entidades, en donde se indique el objeto y las partes que celebran.
Estadísticas de usuarios atendidos.
Número de quejas, reclamos, peticiones o sugerencias recibidas, el trámite dado a las mismas y su estado.
Reglamento Interno de los consultorios jurídicos y las modificaciones que se hayan realizado.
La demás información que le sea solicitada.