Micelio

Artículo 2.2.7.2.5.1.3

Información Básica

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Información básica . Sin perjuicio de la información que sea requerida de forma adicional por la Dirección de Justicia Formal del Ministerio de Justicia y del Derecho o quien haga sus veces, los Consultorios Jurídicos deberán reportar de forma permanente al sistema de información los siguientes datos

1.

Procesos adelantados en ejercicio de la representación de terceros y de los demás servicios ofrecidos, determinando la jurisdicción, número y clase del proceso y el estado en que se encuentra.

2.

La modalidad de prestación de los servicios.

3.

Los convenios celebrados con otras entidades, en donde se indique el objeto y las partes que celebran.

4.

Estadísticas de usuarios atendidos.

5.

Número de quejas, reclamos, peticiones o sugerencias recibidas, el trámite dado a las mismas y su estado.

6.

Reglamento Interno de los consultorios jurídicos y las modificaciones que se hayan realizado.

7.

La demás información que le sea solicitada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1069 de 2015