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Artículo 4

Decreto 3136 de 1968 · por el cual se reorganiza, el Ministerio del Trabajo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio del Trabajo y Seguridad Social tendrá la siguiente organización:

1.

Dirección, Ejecución y Control.

A) Despacho del Ministro.

1.

1. Oficina de Relaciones Internacionales del Trabajo.

B) Despacho del Viceministro.

C) Secretario General.

1.

1. Oficina Jurídica.

2.

2. Oficina de Planeación.

D) División Administrativa.

a)

a) Sección de Personal.

b)

b) Sección de Servicios Generales:

1.

1. Grupo de Biblioteca y Publicaciones.

2.

2. Grupo de Almacén y Mantenimiento.

3.

3. Grupo de Correspondencia, y Archivo.

E. División de Relaciones Colectivas de Trabajo.

a)

a) Sección de Negociación Colectiva.

b)

b) Sección de Reglamentación y Registro Sindicales.

c)

c) Sección de Auditoría Sindical.

d)

d) Grupo de Archivo Especializado.

F) División de Relaciones Individuales de Trabajo.

a)

a) Sección, de Relaciones Generales de Trabajo.

b)

b) Sección de Relaciones de Trabajo de Mujeres, Menores, a Domicilio y de Aprendizaje.

G. División de Relaciones de Trabajo del Campesino.

a)

a) Sección de Relaciones Individuales de Trabajo del. Campesino.

b)

b) Sección de Asuntos Sociales del Campo.

H. División de Empleo y Recursos Humanos.

a)

a) Sección de Estudios, Estadísticas e Información del Mercado de Trabajo:

1.

1. Grupo de Estadísticas, Análisis Ocupacional y Servicios Especiales.

b)

b) Sección de Gestión del Empleo:

1.

1. Grupo de Colocaciones, Selección y Orientación y Tratamientos Especiales.

I. División de Inspección de Trabajo.

a)

a) Sección de Visitaduría de Trabajo,

b)

b) Sección de Medicina, Seguridad e Higiene en el Trabajo.

J. Centro Nacional de Productividad.

K) Dependencias Departamentales.

a)

a) Divisiones Departamentales de Trabajo y Seguridad Social.

b)

b) Secciones Departamentales de Trabajo y Seguridad Social.

c)

c) Inspecciones de Trabajo y Seguridad Social.

d)

d) Inspecciones de Asuntos Campesinos.

2.

Organismos Asesores.

A) Consejo Nacional del Trabajo:

a)

a) Secretaría Técnica Permanente del Consejo Nacional del Trabajo.

B) Consejo Nacional de Salarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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