Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 578 de 1982 →Vigente
Artículo 3
Decreto 578 de 1982 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 002 del 18 de noviembre de 1981, expedido por el Consejo Intendencial de Arauca, que fija el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de la Intendencia Nacional de Arauca, para el periodo fiscal comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.