Micelio

Artículo 108

Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 108 . La Corporación podrá autorizar a los propietarios que lo solicitaren para construir individualmente o en asociación de propietarios y con sus propios recursos obras de adecuación de tierras y protección contra inundaciones, de acuerdo con los proyectos aprobados o elaborados por la Corporación y mediante vigilancia en la ejecución de la obra e interventoría de los trabajos por parte de la misma Corporación y el cumplimiento de los demás requisitos y condiciones que en cada caso determine el Consejo Directivo de la Corporación. CAPITULO VI. Ejecución. SECCION I Adquisición de inmuebles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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