Micelio

Artículo 5

Ley 75 de 1914 · por la cual se fomenta la navegación entre las costas colombianas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El contrato o contratos que el Gobierno celebre en ejecución de la presente Ley, y conforme a las reglas establecidas en el Código Fiscal, no requiere la aprobación del Congreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 75 de 1914