Respuesta a las peticiones verbales . La respuesta al derecho de petición verbal deberá darse en los plazos establecidos en el artículo 3° de esta resolución. En el evento de que se dé repuesta verbal a la petición, se deberá indicar, de manera expresa, la respuesta suministrada al peticionario en la respectiva constancia de radicación. No será necesario dejar constancia ni radicar el derecho de petición de información cuando la respuesta al ciudadano sea una simple orientación del servidor público, acerca del lugar al que aquel puede dirigirse para obtener la información solicitada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.12.4 Decreto 1166 de 2016.
Decreto 509 de 2018 →Vigente
Artículo 10
Respuesta A Las Peticiones Verbales
Decreto 509 de 2018 · por la cual se reglamenta el trámite Interno del Derecho de Petición, Quejas y Reclamos en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.