Micelio

Artículo 1

Decreto 219 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Integración del Sector Administrativo de Desarrollo Económico . El Sector Administrativo de Desarrollo Económico está integrado por el Ministerio de Desarrollo Económico y sus entidades adscritas y vinculadas. Entidades adscritas Superintendencias

1.

Superintendencia de Sociedades (con personería jurídica).

2.

Superintendencia de Industria y Comercio. Unidades Administrativas Especiales (sin personería jurídica) 1. Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico. Unidades Admínistrativas Especiales (con personería jurídica) 1. Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, ICT. Establecimientos Públicos 1. Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe. Entidades vinculadas Empresas Industriales y Comerciales del Estado Fondo Nacional de Ahorro (FNA) Sociedades de Economía Mixta Artesanías de Colombia S.A. Instituto de Fomento Industrial (IFI) Fondo Nacional de Garantías (FNG) Organos Sectoriales de Asesoría y Coordinación • Consejo Consultivo - Asesor de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable • Consejo Consultivo - Asesor de Industria • Consejo Consultivo - Asesor de Micro, Pequeña y Mediana Empresa • Consejo Consultivo - Asesor de Promoción de la Competencia • Consejo Consultivo - Asesor de Comercio Interno • Consejo Consultivo - Asesor de Turismo • Consejo Consultivo - Asesor de Protección al Consumidor • Consejo Consultivo - Asesor de Normas y Calidad • Comités Sectoriales o Técnicos CAPITULO II Objeto, funciones generales y organización interna del ministerio de desarrollo económico

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 219 de 2000