Ajuste institucional. Las entidades territoriales, para el cumplimiento del requisito sobre ajustes institucionales, deberán
Adelantar los trámites legales y administrativos necesarios para que las instituciones prestadoras de servicios de salud, que no sean centros y puestos de salud, cuenten con autonomía administrativa, patrimonio propio y personería jurídica, en los términos de las normas que regulan esta materia.
Determinar la estructura de las plantas de personal, de acuerdo a parámetros de eficiencia técnica y administrativa.