De la idoneidad para realizar los avalúos . Para desarrollar avalúos dentro del marco de la Ley 1448 de 2011 y con arreglo al presente decreto se consideran idóneas
Las autoridades catastrales competentes: El Instituto Geográfico Agustín Codazzi y los catastros independientes de Bogotá, Cali, Medellín y Antioquia, de acuerdo a la respectiva jurisdicción de competencia.
Las lonjas habilitadas de acuerdo a lo previsto en el presente decreto. (Decreto número 4829 de 2011, artículo 41)