Micelio

Artículo 8

Se Podrán Autorizar Viáticos Hasta Por La Suma De Cuarenta Dólares Estadinenses Diarios Para Los Empleados Cuyos Sueldos Oscilen Entre Cinco Mil Y Dieciocho Mil Pesos Cuando Le Sea Conferida Comisión En El Exterior

Decreto 483 de 1975 · Por el cual se reglamentan los decretos-leyes 3306 de 1963 y 637 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Se podrán autorizar viáticos hasta por la suma de cuarenta dólares estadinenses diarios para los empleados cuyos sueldos oscilen entre cinco mil y dieciocho mil pesos cuando le sea conferida comisión en el exterior. Para el cumplimiento de comisiones dentro del territorio nacional, la suma diaria será hasta de trescientos pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 483 de 1975