°. Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política. Créase la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, cuyo objeto será la implementación del Sistema de Seguridad para el Ejercicio de la Política, la cual estará integrada, así
El Presidente de la República y/o su delegado.
El Ministro del Interior.
El Ministro de Defensa Nacional.
El Ministro de Justicia y del Derecho
El Comandante de las Fuerzas Militares.
El Director de la Policía Nacional.
El Consejero Presidencial para los Derechos Humanos
El Director de la Unidad Nacional de Protección (UNP).
Participación permanente del nuevo movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal.
Si el Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales, decide asignar al Vicepresidente de la República la función de asistir como miembro de la Instancia de Alto Nivel, el Vicepresidente de la República presidirá la Instancia de Alto Nivel, en ausencia del Presidente de la República.
Se garantizará la participación de los partidos y movimientos políticos especialmente de aquellos que hayan sido afectados en su seguridad, de organizaciones de víctimas y de derechos humanos y de movimientos sociales, incluidos los de las mujeres.
º. Cuando se considere pertinente, podrán ser invitados a las sesiones de la instancia, un delegado de las organizaciones internacionales de derechos humanos con presencia en Colombia y otros delegados de entidades del Estado y órganos judiciales y de control, como el Director del Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo.