Micelio

Artículo 7

Ley 79 de 1923 · Por la cual se dictan varias disposiciones sobre vías y puertos fluviales y sobre apertura de las Bocas de Ceniza

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con los fondos provenientes del impuesto de canalización el Ministerio de Obras Públicas, con el auxilio de la Draga que funciona en el Alto Cauca, procederá a canalizar los ríos de la Paila hasta Puerto Tejada y de la Vieja hasta Cartago, a fin de que den fácil entrada a los buques de vapor que surcan el Cauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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