Micelio

Artículo 2.4.6.2.3

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2.4.6.2.3 . - JUNTA DIRECTIVA. La junta directiva de Finagro estará constituida por

a)

El Ministro de Agricultura o su delegado, quien la presidirá;

b)

Dos representantes de los accionistas con sus respectivos suplentes, uno de los cuales ser el Gerente de la Caja Agraria y el otro ser elegido por la asamblea de accionistas, de acuerdo con el procedimiento que para el efecto señalen los estatutos;

c)

Un representante de los gremios del sector agropecuario, con su respectivo suplente, elegido por los mismos, de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno;

d)

Un representante de las asociaciones campesinas, con su respectivo suplente, elegido por las mismas, de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno,

e)

El director general de planificación del Ministerio de Agricultura, quien tendrá voz pero no voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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