Micelio

Artículo 38

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto 673 De 2008, Con Excepción De Lo Dispuesto En El Artículo 37 Del Presente Decreto Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 2009

Decreto 737 de 2009 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 673 de 2008, con excepción de lo dispuesto en el artículo 37 del presente decreto y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2009.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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