Educación en Sabiduría Ancestral y Universal . Los pueblos indígenas son autónomos para crear las estructuras educativas propias que dinamizan la educación en sabiduría ancestral y universal, constituida por un tejido desde la vida y para la vida, que parte del sentir, pensar, hacer, investigar, revitalizar, profundizar y retroalimentar los conocimientos propios y universales para la existencia y pervivencia de dichos pueblos. Las sabidurías ancestrales, los saberes y conocimientos propios de los pueblos indígenas, se constituyen en un aporte científico a la humanidad.
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 51
Educación En Sabiduría Ancestral Y Universal
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.