Micelio

Artículo 1

A Partir Del 19 De Octubre Se Suprimen Los Almacenes De Telégrafos Existentes En Las Ciudades De Bucaramanga, Manizales, Medellín Y Pasto

Decreto 1802 de 1934 · Por el cual se suprimen cuatro almacenes de telégrafos y se reglamenta el trabajo de los restantes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 19 de octubre se suprimen los Almacenes de Telégrafos existentes en las ciudades de Bucaramanga, Manizales, Medellín y Pasto. En consecuencia los señores Almacenistas procederán a hacer entrega de las existencias, bajo riguroso inventario, al Jefe de la Oficina Telegráfica del respectivo lugar. .En esta diligencia intervendrán el Inspector de la zona y un representante de la primera autoridad política local, a quien se dirigirá el Jefe del Telégrafo solicitándole la oportuna de­signación de tal representante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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