° Para la organización del servicio de Provisión Agrícola, destínase un fondo, rotativo hasta de doscientos, mil pesos ($ 200,000). El Ministerio de Agricultura procederá a organizar este ervicio, bien sea directamente o por contrato, con una entidad oficial o semioficial, con la mira de vender a los agricultores, a precio de costo, maquinaria, herramientas, semillas, insecticidas, abonos y demás elementos y equipos para la agricultura.
Decreto 762 de 1938 →Vigente
Artículo 7
Para La Organización Del Servicio De Provisión Agrícola, Destínase Un Fondo, Rotativo Hasta De Doscientos, Mil Pesos ($ 200,000)
Decreto 762 de 1938 · por el cual se reglamenta el artículo 14 de la Ley 128 de 1937.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.