º El Banco de la República incluirá en los contratos que celebre conforme al artículo segundo del presente Decreto, la obligación para el banco mandatario de informar al Superintendente Bancario, para los efectos previstos por el literal e) del artículo 6.º del Decreto 2920 de 1982, las operaciones que pretenda realizar en desarrollo del respectivo mandato.
Decreto 2376 de 1986 →Vigente
Artículo 5
El Banco De La República Incluirá En Los Contratos Que Celebre Conforme Al Artículo Segundo Del Presente Decreto, La Obligación Para El Banco Mandatario De Informar Al Superintendente Bancario, Para Los Efectos Previstos Por El Literal E) Del Artículo 6
Decreto 2376 de 1986 · Por el cual se reglamenta el Decreto Legislativo 2920 de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.