Micelio

Artículo 42

Comité De Coordinación Estratégica

Decreto 4048 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité de Coordinación Estratégica. El Comité de Coordinación Estratégica será el órgano consultivo de la DIAN y estará integrado por el Director General, quien lo presidirá, el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica, el Director de Gestión Organizacional, el Director de Gestión de Ingresos, el Director de Gestión de Aduanas y el Director de Gestión de la Policía Fiscal y Aduanera.

Quienes se desempeñen en las jefaturas de la Oficina de Control Interno, Subdirecciones y Direcciones Seccionales, asistirán conforme a la convocatoria que para cada sesión se les efectúe.

La Secretaría del Comité será ejercida por el Subdirector de Gestión de Análisis Operacional, quien tendrá voz pero no voto.

Son funciones del Comité de Coordinación Estratégica las siguientes:

1.

1. Asesorar al Director General en la adopción de las políticas generales que en aspectos técnicos y administrativos deba desarrollar la Entidad;

2.

2. Proponer al Director General para su aprobación, el Plan Estratégico de la Entidad;

3.

3. Realizar seguimiento al cumplimiento del Plan Estratégico y emitir las observaciones y recomendaciones a que haya lugar;

4.

4. Proponer al Director General la distribución y reconocimiento de los incentivos a los funcionarios de acuerdo con la normatividad vigente.

Parágrafo

Parágrafo. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, la Comisión de Personal y la Comisión del Sistema Específico de Carrera se rigen en cuanto a su competencia, funciones, composición y organización por las disposiciones legales vigentes.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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