La Recaudación de Impuestos Nacionales creada por el presente Decreto, ejercerá las funciones y atribuciones señaladas en el Decreto-ley 1715 de 1960 y demás disposiciones legales. Artículo 2° Para atender la Recudación de Impuestos Nacionales de Momil, créase la siguiente planta de personal: Administración de Impuestos Nacionales de Montería Recaudación de Impuestos Nacionales de Momil. N° Denominación del cargo Grado Nivel 1 Recaudador de Impuestos Nacionales 7 a)
Decreto 2401 de 1966 →Vigente
Artículo 2
Para Atender La Recudación De Impuestos Nacionales De Momil, Créase La Siguiente Planta De Personal: Administración De Impuestos Nacionales De Montería Recaudación De Impuestos Nacionales De Momil
Decreto 2401 de 1966 · Por el cual se crea una Recaudación de Impuestos Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Parágrafo
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.